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Leyes de escuchas telefónicas Ley de invasión a la privacidad de California Abogado defensor de Los Ángeles

On Behalf of | Apr 13, 2020 | Español

Las escuchas telefónicas o también conocidas como intervención a la línea telefónica es un crimen en California. Significa grabar la conversación personal de alguien sin su consentimiento. Según la ley de California, es ilegal grabar a través de cualquier dispositivo la discusión de alguien sin su consentimiento. Por lo tanto, es ilícito y prohibido por la ley utilizar un instrumento como un dispositivo electrónico que permita a un individuo establecer una asociación no aprobada con una línea telefónica para capturar discusiones, grabar discusiones o desentrañar cualquier mensaje enviado a través de una línea telefónica, móvil, o cualquier dispositivo de comunicación, o cable de transmisión. Además, impide el uso forzado de los datos adquiridos de cualquier otra persona para ayudar a terceros a realizar dicha actividad ilegal. Es un delito relacionado con delitos cibernéticos en California.

¿Qué son las leyes de escuchas telefónicas en California?

El Código Penal de California 631 PC es la regla de California que caracteriza el delito de escuchas telefónicas en Los Ángeles u otras áreas de California. Se refiere a “aprovechar” directamente la línea telefónica o conversación privada de otra persona de manera ilegal y sintonizar todas las discusiones que ocurren en dicha línea.

Muchas personas consideran las escuchas telefónicas o intervención a la línea telefónica, como algo que la policía hace para comprender los casos penales en cualquier estado de los EE. UU. De hecho, civiles o las autoridades oficiales usan las escuchas telefónicas para tomar una posición ideal sobre un competidor comercial o un rival para conocer sus ideas privilegiadas. Además, la ley de California penaliza aquellas personas que no son funcionarios encargados de hacer cumplir la ley que interceptan el teléfono de alguien sin su autorización o sin su consentimiento.

El Código Penal de California § 632, sancionado bajo la Ley de Invasión de Privacidad de California, hace que sea ilícito que una persona proyecte o grabe una “conversación personal independientemente de si la correspondencia se lleva a cabo entre las personas que se ven entre sí o por métodos para una transmisión, teléfono u otro dispositivo “. Esto excluye la situación si todas las partes o personas en la discusión están de acuerdo con la cuenta.

Código Penal de California § 632 (c), establece que, “comunicación confidencial” se refiere a cualquier comunicación llevada a cabo en circunstancias que puedan indicar que cualquier parte de la comunicación se desea que sea privada para las partes, pero excluye una comunicación hecha en una reunión pública o en cualquier legislativo, judicial, procedimientos ejecutivos o administrativos abiertos al público, o en cualquier otra circunstancia en la cual las partes de la comunicación puedan esperar razonablemente que la comunicación pueda ser escuchada o grabada.

Sanciones / Castigos

Las escuchas telefónicas son vistas como un delito de “bamboleo” en Los Ángeles, un delito menor que puede considerarse en la corte como un delito e o un crimen. Siempre que sea acusado como un delito menor según la ley, el acusado puede ser condenado a hasta un año de prisión y una multa de hasta $ 2500 como pena. Si la acusación se considera grave o un crimen, el castigo más extremo que se puede obtener es tres años de prisión como castigo. En el caso de que el litigante tenga una condena pasada por escuchas telefónicas, escucha sigilosa, bloquee una llamada PDA o intervenir una llamada inalámbrica, la multa asciende hasta $ 10,000.

Independientemente de los castigos penales a las personas sentenciadas, la víctima de un caso de escuchas telefónicas califica para daños comunes y califica para hasta varias veces la medida de daños sufridos o $5000 como multa, la suma que sea más prominente. Independientemente de si no sufrieron daños, la víctima puede incluso demandar al litigante por hasta $5000 como multa.

Las escuchas telefónicas son un delito penal crítico considerado una felonía o delito menor que conduce a extensas penas de prisión o multas. En el caso de que usted o alguien que conozca esté acusado o condenado con acusaciones por este delito, es crucial que hable con un abogado de defensa criminal de Los Ángeles. El despacho de Raoul Severo está a su servicio.